La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha recibido en los últimos meses a decenas de personas que, tras haber cambiado de compañía telefónica, han descubierto tiempo después que su antigua compañía les ha seguido facturando el servicio de internet o de televisión. Las facturas han podido elevarse a más de 250 euros.
Empresas con cableado propio
Fundamentalmente se trata de compañías que operan con su propio cableado y que ofrecen junto a la línea telefónica servicios de internet y televisión. El problema viene cuando los clientes reciben una oferta de otra empresa, deciden aceptarla y es la nueva compañía la que dice encargarse de los trámites del cambio de operador.
Transcurridos unos meses, el cliente comprueba que, además de la cuota contratada con la nueva compañía, la antigua también les está facturando una mensualidad por internet, televisión y mantenimiento de línea. En la mayor parte de los casos, las facturas se han cargado en la cuenta bancaria del consumidor sin que las facturas correspondientes lleguen a su domicilio.
La empresa dice que sólo se dio de baja el servicio telefónico
Al contactar con la antigua compañía, ésta arguye que sólo se solicitó la portabilidad del servicio telefónico pero no así la baja de los otros servicios contratados -internet o televisión-, solicitud que, afirma la empresa, tendría que haber efectuado el propio consumidor.
La duplicidad de servicios es posible porque cada una de las empresas ofrece telefonía, internet o televisión a través de un cable diferente -sólo algunas compañías disponen de cableado propio-.
El afectado tiene que pagar aun sin haberse usado internet o los canales de televisión
Así, debido a que las compañías implicadas se trasladan la responsabilidad, es finalmente el consumidor el que tiene que pagar por un servicio que creía dado de baja. A pesar de que se demuestra que no ha habido consumo en los servicios mencionados, en ocasiones las compañías no dan su brazo a torcer y consideran el cobro legal porque, según su parecer, en ningún momento se ha solicitado la baja en el servicio de internet o televisión.
La portabilidad supone la baja “de todos los servicios asociados al servicio telefónico”
La Carta de Derechos del Usuario de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas establece que la portabilidad implicará la baja en la primera empresa “de todos los servicios asociados al servicio telefónico identificado por la numeración portada”. Por su parte, la Administración interpreta en sus resoluciones que la portabilidad no conlleva la baja del resto de los servicios contratados, sea acceso a internet o a canales de televisión.
Son numerosos los casos de este tipo recibidos en las oficinas de Irache y los cobros irregulares han ascendido en ocasiones a más de 250 euros.
Lo más recomendable es que el propio cliente gestione la baja de todos los servicios
Aunque son las compañías las que ofrecen realizar ellas mismas las gestiones con el fin de facilitar los trámites y conseguir de esta manera nuevos clientes con más facilidad, la manera más segura es que sea el propio cliente el que solicite por escrito la baja en todos los servicios de la empresa, o cuando menos, se asegure de que ésta se ha hecho efectiva.