El juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Pamplona ha considerado nula la cláusula suelo de una hipoteca suscrita por un asociado de Irache y además ha condenado al banco a devolver las cantidades cobradas de más en virtud de este límite, cuyo importe superará los 4.500 euros. La eliminación de este límite podría suponer a día de hoy un ahorro aproximado en la cuota mensual de más de cien euros.
El préstamo hipotecario correspondía a un apartamento en una localidad de Huesca y los consumidores se subrogaron en 2006 en la entidad financiera de la promotora. El interés pactado del préstamo, de 132.000 euros, era del Euribor más 0,65% pero había una cláusula que indicaba que “el tipo de interés nominal anual mínimo aplicable en el contrato será del 2,60%”.
Gestión extrajudicial infructuosa
Siete años después de firmar la hipoteca, los afectados acudieron a la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, desde donde, al observar la falta de información, se reclamó la eliminación de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades cobradas en virtud de ella, pero el Banco Popular no mostró intenciones de llegar a alguna solución.
La cláusula “provoca notorios perjuicios” a los consumidores
Por ello, se demandó a la entidad ante los tribunales. Entiende el juez que la referida cláusula suelo “provoca unos notorios perjuicios a los demandantes” y establece a favor de la entidad financiera “unos beneficios absolutamente desproporcionados”, respecto de los que supuestamente otorga a la parte prestataria con la fijación de un techo, sin que esta desigualdad tenga justificación alguna.
Explica la sentencia que no se ha demostrado que la cláusula suelo haya sido fruto de una negociación, por lo que se trata de unos contratos “redactados previamente a su firma, de manera exclusiva por la entidad financiera y no negociado entre las partes en igualdad de condiciones”. Señala, asimismo, que el suelo debió haberse redactado a continuación del tipo de interés nominal anual y añade que, por el contrario, la cláusula se incluyó mezclada con “otra serie prolija de datos” y no se informó sobre la posible evolución del Euribor y la repercusión que tendría en la cuota hipotecaria.
“Nula capacidad de negociación de los clientes”
Señala el juez que el hecho de que tribunales de toda España han tratado la cláusula suelo, es “bastante indicativo del carácter generalizado con que las empresas financieras la imponen en sus contratos. Ello a su vez demuestra la limitada o nula capacidad de negociación que tienen los clientes en relación a dichas cláusulas”.
Además, indica la sentencia que debe restituirse el patrimonio que los compradores entregaron “indebidamente” al banco, “pues de otro modo se mantendría el perjuicio generado por una cláusula antijurídica”.
Más de 1.200 casos en Irache
Irache ya ha recibido a más de 1.200 personas por la cláusula suelo. En negociación con los bancos, se ha conseguido en ocasiones la rebaja del interés del préstamo o una mejora de las condiciones e incluso en algunos casos la eliminación de la cláusula suelo.
Cuando no se ha apreciado en la entidad financiera voluntad de solucionar el problema, está llevando los casos a los tribunales. A esta última sentencia, hay que añadir la eliminación de la cláusula suelo en 26 hipotecas de Caja España, acuerdo al que se llegó tras haber puesto una demanda en el juzgado. Además, Irache tiene previsto poner de forma inminente nuevas demandas a otras entidades por la comercialización de la cláusula suelo.
Un 29% de los ciudadanos no sabe si tiene suelo hipotecario
Según una encuesta de la Asociación, al menos el 22% de las personas que ha firmado una hipoteca en los últimos diez años tiene en ella cláusula suelo, según señala una encuesta encargada por Irache. Este porcentaje puede ser aún mayor ya que otro 29% no sabe si tiene suelo en el préstamo y sólo el 49% afirma que no cuenta con este límite.
Continuamente se están conociendo sentencias favorables a los consumidores en préstamos con suelo hipotecario y algunas de ellas, como en este caso, están obligando a la entidad a devolver el dinero que cobró de más al cliente en aplicación de este límite desde la contratación del préstamo.