La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha recibido varios casos en las últimas semanas de clientes de un centro de depilación de la Comarca de Pamplona que ha cerrado recientemente. La organización aconseja a los afectados que reclamen por escrito el reintegro de los bonos que han quedado pendientes de aplicar, que suponen cantidades que en algún caso superan los 400 euros.
El centro no ha comunicado su cierre, que ha tenido lugar hace unas semanas, y los clientes lo han descubierto al acudir a él, situado en un conocido centro comercial, para pedir cita. Sin saber qué hacer han acudido a Irache para ver qué derechos tienen o cómo proceder.
Solo han podido usar parte de los bonos pagados
Los afectados habían contratado tratamientos para diferentes partes del cuerpo (axilas, piernas, ingles…), tratamientos que se realizaban a través de bonos. En la mayor parte de los casos solo han podido usar algunos de los bonos y ahora se encuentran con que el establecimiento está cerrado y tienen otros, ya pagados, sin poder utilizar. En general, los importes de los bonos pendientes son cantidades de entre 100 y 250 euros, pero hay algún caso que supera los 400.
Irache ya está reclamando
Desde Irache, ya se está reclamando a la sede central de la empresa para que se devuelva a los afectados el dinero de los bonos que no han podido utilizar. Dado que el cierre aún es muy reciente, en la mayor parte de los casos nos encontramos a la espera de respuesta.
Oferta de continuar el tratamiento en otra ciudad
Sin embargo, en algún caso se ha ofrecido continuar con el tratamiento en un centro de Logroño sin, por el momento, haber ofrecido costear el traslado a la capital riojana. En este tipo de situaciones, entendemos que el cliente tiene derecho a que le devuelvan el dinero, al haberse alterado claramente las condiciones contractuales. Por tanto, es el afectado quien debe valorar y decidir si acepta el tratamiento en otro establecimiento u opta por exigir la devolución del dinero.
Por otro lado, si alguna persona ha sufrido algún perjuicio adicional por el cierre del establecimiento, siempre que pueda acreditarlo, se podría reclamar igualmente una compensación.
Mirar si está financiado
En el caso de los clientes que han financiado el tratamiento, habrá que estudiar el contrato para determinar si es un crédito al consumo, y si se puede reclamar a la entidad financiera.
En cualquier caso, lo más importante es que los clientes afectados se asesoren cuanto antes, puedan documentar el tratamiento contratado, mediante contrato o facturas, y se dirijan por escrito de forma fehaciente a la empresa para solicitar el reintegro de los bonos no disfrutados.