Un asociado no estaba satisfecho con el servicio ofrecido por una empresa telefónica por lo que decidió darse de baja en la compañía y, aconsejado por un asesor de Irache, lo solicitó por escrito. Sin embargo, posteriormente a la baja le llegaron otras tres facturas de un consumo mínimo de 35,96 euros. Sorprendido con recibirlas tras haberse dado de baja, acudió a Irache y desde aquí se reclamó la anulación de éstas.
Lejos de anular los recibos, primero se le advirtió al afectado con la inclusión en ficheros de morosos y, posteriormente, llegó al asociado una carta de una empresa de cobros en la que, amenazaban al afectado con que, de no pagar en 48 horas los veinte euros que, según la mercantil, debía a la compañía telefónica, le llevarían a juicio. Desde Irache se reclamó de forma enérgica la anulación inmediata de estas facturas y, efectivamente, la compañía se disculpó y solventó la inexistente deuda.