Cada navarro gasta 109 euros en las rebajas de invierno, según una encuesta encargada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache. El 77% de los navarros acaba comprando algún producto rebajado, por un 23% que no lo hacen.
Los más jóvenes, los que más gastan
La encuesta indica igualmente que el 47% de los navarros espera expresamente a estas promociones para realizar alguna adquisición. El porcentaje de personas que espera a las rebajas es mayor entre mujeres (55%) y entre los jóvenes (60%). Estos jóvenes son el grupo de población que más dinero de media gasta en las rebajas de invierno (125 euros).
En cambio, los mayores de 65 años son el grupo que menos espera a las rebajas (35%) y el grupo que menos ha comprado en las rebajas de invierno (el 31% no ha comprado nada).
Tras el anterior periodo de rebajas, se recibieron en Irache 348 consultas y reclamaciones que tenían que ver con las compras realizadas por estas fechas.
Los mismos derechos
Los consumidores deben saber que las rebajas no significan ningún menoscabo en sus derechos. Por ello, los productos rebajados deben corresponder con lo que se ofrece en el comercio y tienen que estar en perfecto estado. Si no es así, entra en juego la ley de garantías y el consumidor tiene derecho a que el comercio le entregue una prenda en perfectas condiciones. Eso sí, para poder reclamar es muy importante conservar el justificante de compra y reclamar por escrito al comercio en cuanto el comprador se percate del defecto. Cuanto menos tiempo pase desde la compra, mejor. Para vender productos con alguna tara a un precio menor están los saldos y así debe anunciarlo el comercio.
Algunas personas piensan que, aunque el producto esté en perfectas condiciones, tienen derecho a devolverlo, pero no es así. Solo podrán hacerlo si el comercio ha anunciado esta posibilidad a través de vales o anuncios publicitarios. En estos casos hay que ceñirse a las condiciones y plazos anunciados. Si bien cada vez hay más comercios que permiten devoluciones por estrategia comercial, no tienen por qué hacerlo.
Precio ordinario y precio rebajado
En rebajas, debe constar el precio ordinario y el rebajado. Se suele dar algún caso en que el comercio quiere cobrar un precio diferente al mostrado en la etiqueta de venta, pero los precios exhibidos en el comercio, en la web o en publicidad son vinculantes.
Cada comercio debe exponer sus fechas
Algunos ciudadanos se han mostrado molestos en alguna ocasión porque, tras comparar precios, han acudido días después a la tienda elegida y ésta ya no estaba en rebajas. La ley que regula el comercio en Navarra indica que cada establecimiento debe exponer en el exterior y en lugar visible al público sus fechas de rebajas. También deben informar sobre los medios de pago que admiten para comprar.
Algunos consejos
- Haga una lista detallada de lo que necesita.
- Compare precios en diferentes establecimientos y fíjese en las fechas de vigencias de las rebajas en cada comercio.
- Asegúrese de que la prenda está en perfecto estado.
- Pruébese la prenda antes de comprarla, siempre que se lo permitan.
- Exija factura o comprobante de compra y guárdela. Si hay vale de devolución, preste atención a sus condiciones y plazos y consérvelo también.
- Revise el etiquetado y la forma de lavado.
- Si observa cualquier desperfecto, reclámelo cuanto antes y deje constancia de ello.
- Si se han transgredido sus derechos, no dude en acudir a su asociación de consumidores.
- En las compras realizadas por internet en la Unión Europea usted cuenta con catorce días desde que recibe el producto para echarse atrás.
Diferencia entre rebajas, promociones, saldos o liquidaciones
- Las rebajas: Los productos rebajados tienen que haber formado parte de la oferta habitual del establecimiento. Su calidad no puede diferenciarse de la que tenían antes de estar rebajados.
- Las promociones: Consisten en la venta a precio reducido o en condiciones más favorables que las habituales de productos concretos con el fin de incentivar su venta o de potenciar el desarrollo de los establecimientos promotores.
- Los saldos: Corresponden a la venta de productos cuyo valor de mercado está disminuido por alguna razón; es decir se tratan de productos defectuosos, deteriorados, obsoletos… El comerciante debe especificar que los saldos son tales y aquellos productos que estén deteriorados o sean defectuosos.
- Las liquidaciones: Son ventas excepcionales que pretenden agotar las existencias de algunos artículos o de todos porque el negocio va a cerrar, trasladarse o cambiar de orientación. El comerciante debe señalar el carácter excepcional de la venta, que ha de durar como máximo un año.