Un juzgado de Estella ha condenado a una promotora a devolver casi mil euros a una asociada de Irache que tuvo que pagar la plusvalía por la compra de su vivienda. Tras adquirir la casa, la demandante tuvo que abonar al Ayuntamiento de Estella 977 euros correspondientes al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana -más conocido como la plusvalía- del inmueble en cuestión.
Sin respuesta de la promotora
Posteriormente, la afectada solicitó a la promotora la devolución del dinero aportado, ya que la legislación y la propia escritura pública de la compra de la vivienda determinaban que era la parte vendedora la que tenía que afrontar este gasto.
Tras no obtener respuesta, la propietaria de la vivienda acudió a la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, desde donde se trató de contactar con la promotora y se solicitó que devolviese el importe que la asociada había pagado en concepto de plusvalía. Sin embargo, la empresa tampoco contestó a las comunicaciones de Irache.
Ley de Haciendas Locales y escritura de la vivienda
Por este motivo, desde la Asociación se le ayudó a la afectada a acudir a los tribunales para exigir esta devolución. Así lo hizo y la promotora no acudió al juicio verbal convocado a tal efecto. Tras aportar la afectada el documento que demostraba el pago efectuado al Ayuntamiento de Estella, la jueza estimó íntegramente la demanda y condenó a la promotora a pagar los 977,67 euros de la plusvalía más el pago de intereses legales y el pago de las costas judiciales.
Irache va a lleva a los tribunales a otros afectados de la misma promoción de viviendas
Irache va a llevar a los tribunales otros casos de afectados por esta misma promoción de viviendas y cuyos propietarios también han pagado la plusvalía al Ayuntamiento, sin que el importe haya sido devuelto por parte de la promotora.
Esta Asociación ya ha llevado a los juzgados casos similares sucedidos en localidades navarras con otras promotoras y en los que los consumidores se han visto obligados a pagar cantidades de entre 500 y 1.200 euros.
Grava el aumento de valor de terreno
La plusvalía es el término coloquial para denominar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, un tributo que grava el aumento de valor económico de un terreno cuando se produce la transmisión de un inmueble. En la compraventa a promotoras, la responsabilidad del pago de este impuesto recae sobre el “transmitente”, es decir, sobre el vendedor de la vivienda, según determina la Ley de Haciendas Locales de Navarra.
Por otro lado, el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece como cláusula abusiva “en particular, en la compraventa de viviendas”, “la estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario”. Por tanto, en la compraventa de viviendas la plusvalía debe correr a cargo del vendedor y toda cláusula contractual que haga recaer el pago sobre el comprador es abusiva.