La Asociación de Consumidores de Navarra Irache advierte a los ciudadanos sobre los cobros abusivos que algunas compañías telefónicas están exigiendo a las personas que han anulado la portabilidad con ellas. En la mayor parte de los casos se trata de importes de hasta 150 euros que se les reclama por carta o incluso se les cobra directamente de su cuenta bancaria.
Solo en el pasado mes de septiembre, 643.225 líneas telefónicas, entre fijas y móviles, se pasaron de una operadora a otra en todo el Estado, lo que en Navarra supondrían aproximadamente más de 8.500 cambios. A estas portabilidades habría que sumar aquellas que se cancelaron porque el consumidor decidió echarse atrás antes de que se hubiera efectuado. En principio, esta operación no debería tener ningún coste para el consumidor.
La compañía exige el pago como si fuera una deuda
Sin embargo, están acudiendo a Irache centenares de consumidores porque, tras cancelar una portabilidad antes de que ésta se efectuase, están recibiendo cartas en las que la compañía a la que finalmente no se cambiaron les exige pagos de hasta 150 euros y los presenta como deudas impagadas por gastos de gestión, si es que no se ha cobrado ya el dinero por la cuenta bancaria que pudo facilitar el consumidor al contratar.
La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones -ahora dentro de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia- ya estableció que no era razonable “imputar al usuario cuota alguna como consecuencia de la cancelación de su solicitud de portabilidad”. Este organismo admitía que, como máximo, las operadoras pudiesen cobrar 0,41 euros por cancelar una portabilidad de telefonía fija.
“Nulas de pleno derecho”
Además, hay que tener en cuenta que buena parte de las solicitudes para cambiar de compañía se hacen por teléfono -muchas veces, como consecuencia de una oferta de la operadora- o por internet. El consumidor tiene catorce días naturales para echar atrás estas contrataciones sin tener que dar motivo alguno por ello. El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que “serán nulas de plenos derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento”.
Las compañías argumentan la validez de estos cobros abusivos por gastos de gestión, tarifas de tramitación o cuestiones de este tipo, que en ningún modo justifican los importes cobrados al consumidor, de hasta 150 euros.
Le dejan el servicio y luego le exigen la penalización por irse
En algún caso, la situación ha sido más sangrante aún, ya que el consumidor no llegó a recibir el servicio de telefonía o internet contratado. Fue por ello, tras estar varios días sin poder hacer o recibir llamadas o navegar por internet, por lo que acabó anulando la portabilidad y volvió a la compañía con la que estaba. Al hacerlo, la operadora que dejó al cliente sin servicio, reclama ahora una penalización de más de cien euros.
En otros casos, se exigen importes de veinte o cincuenta euros como fianzas que hay que adelantar en el momento de solicitar la portabilidad, sobre todo al hacerlo físicamente en comercios distribuidores de las distintas compañías, de tal manera que, si el consumidor se echa atrás, no se le devolverá el importe.
En cualquier caso, si el consumidor recibe una carta en la que se le exige un pago por anular una portabilidad telefónica, conviene asesorarse antes de abonar el importe.