La Asociación de Consumidores de Navarra Irache denuncia el uso abusivo de los ficheros de morosos por parte de algunas empresas para cobrar supuestas deudas. En lo que va de año, la Asociación ya ha atendido a más de quinientas personas que habían recibido llamadas o cartas en las que les amenazaban con incluirles en ficheros de morosos o les informaban de que ya les habían inscrito en ellos.
Algunas compañías utilizan estos ficheros como un instrumento de presión para conseguir ingresos, no siempre justificados. El sector que recurre con más frecuencia a los ficheros de morosos es la telefonía seguido a bastante distancia de la banca o incluso de los seguros.
Debe haber un requerimiento de pago previo
En muchas ocasiones, la primera noticia que tiene el consumidor de la supuesta deuda es la amenaza de inscribirle en un fichero de morosos. A veces, la exigencia de pago se da años después de que se produjo la supuesta deuda. Y en muchas ocasiones no lo exige la empresa acreedora sino que lo hace otra, experta en cobros de este tipo. A veces estas compañías de cobros actúan en nombre de la empresa acreedora. En otras ocasiones, estas compañías han comprado la deuda y la empresa con la que se produjo la presunta deuda ya se ha quitado de en medio.
Desde céntimos hasta miles de euros
Las cantidades por las que los consumidores son incluidos en ficheros de morosos son muy variadas; se han visto reclamos por deudas que no llegan al euro y otras que superan los dos mil, por ejemplo.
Las deudas no siempre son ciertas. A veces, los supuestos morosos ni siquiera han mantenido relación contractual alguna con la empresa que ahora les reclama el dinero. A veces, puede tratarse de un alta fraudulenta en la que un tercero dio de alta un contrato a nombre del afectado y, evidentemente, sin su conocimiento. Otras veces la cantidad por la que se le ha inscrito como moroso es mucho mayor que lo que el cliente debía, en ocasiones acrecentadas por intereses totalmente desproporcionados.
La empresa debe demostrar que la deuda existe
Muchos de los afectados por estas cuestiones acuden a Irache para ver cómo actuar. En primer lugar, hay que tener claro que sólo se pueden incluir en los ficheros de impagos aquella deuda “cierta, vencida, exigible y que haya resultado impagada”. Por ello, en primer lugar, hay que reclamar a la empresa acreedora que indique de qué deuda se trata y que demuestre su existencia.
Además, debe haberse dado previamente un requerimiento en el que la compañía le informe de que, en caso de no abonar el importe, puede inscribirle en uno de estos ficheros.
Si no se han cumplido estos requisitos, el consumidor puede reclamar la anulación inmediata del registro. Conviene hacerlo de forma fehaciente y conservar la documentación por si hay que reclamar posteriormente.
Por otro lado, el responsable del registro de morosos debe comunicar al ciudadano su inclusión en los treinta días siguientes a que ésta se haya producido. El afectado puede, por su parte, solicitar al responsable del fichero que le comunique las empresas a las que se ha comunicado su inclusión en el registro en los últimos seis meses.
Compensar por daños causados tras inscribirme como moroso de forma irregular
Algunos afectados no se conforman con que les retiren del fichero y denuncian la inscripción en la Agencia Española de Protección de Datos. Otros exigen ante los tribunales una compensación por los daños, morales o económicos, sufridos por la inscripción irregular en el fichero. Irache ha conseguido que se compense económicamente a varios socios por estos casos. Es habitual que para ello haya que llegar a los tribunales.
Por ejemplo, un juez indemnizó con 600 euros a una asociada a la que una compañía telefónica le incluyó como morosa por dejar de pagar una factura que era incorrecta al facturar una penalización de forma incorrecta. Indica la sentencia que el defectuoso cumplimiento de las obligaciones de la operadora ha causado al consumidor “una aflicción susceptible de ser calificada como daño moral y por ello indemnizable”.
En otro caso, una persona fue incluida en un fichero de morosos por una deuda inexistente de 203 euros de una compañía telefónica. La inclusión en el registro se produjo por parte de una tercera empresa a la que la operadora le cedió el supuesto crédito. Finalmente, la Audiencia Provincial consideró a las dos empresas responsables de la inclusión y les condenó a pagar de forma solidaria 12.000 euros al consumidor por vulnerar su derecho al honor.
Irache exige el máximo rigor a las empresas
Hay numerosas sentencias similares a éstas y que ponen de manifiesto la poca seriedad con que en ocasiones actúan las empresas a la hora de inscribir a ciudadanos en ficheros de solvencia patrimonial. Por ello, Irache exige el máximo rigor en las gestiones de estos registros de solvencia patrimonial, a la vez que anima a los consumidores que sean inscritos injustificadamente en estos ficheros a reclamar.
En su momento, el Tribunal Supremo ya dictó que la inclusión en un registro de morosos “sin que concurra veracidad es una intromisión ilegítima en el derecho al honor” ya que calificar como moroso “lesiona la dignidad de la persona, menoscaba su fama y atenta contra su propia estimación”.
Llamadas intimidatorias y amenaza de demanda
Algunas empresas de cobros, además de la inscripción en ficheros de morosos, utilizan otras estrategias para conseguir que los consumidores paguen. Entre ellas, las llamadas telefónicas intimidatorias. O la amenaza de demandar al usuario, incluso adjuntando un modelo de demanda en la carta de reclamación. Muchas personas piensan que esto significa que ya han sido denunciados.
Lamentablemente estas medidas intimidatorias en muchas ocasiones son efectivas y, muchas personas, ante el miedo de consecuencias mayores prefieren pagar la supuesta deuda, aunque en absoluta estén de acuerdo con ella.