IRACHE RECIBE MÁS DE 2300 CONSULTAS SOBRE COMUNIDADES DE VECINOS EN LO QUE VA DE AÑO

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha recibido durante el presente año más de 2.300 consultas por problemas entre vecinos. En su mayor parte, están relacionados con los impagos de algunos propietarios o con las cuentas de la comunidad.

Crece la morosidad

Con la crisis económica, ha crecido el número de personas que ha acudido a Irache porque no sabían qué hacer frente a vecinos que no pagan las cuotas de comunidad que les corresponden. Una queja que antes era puntual, ahora se está convirtiendo en algo más habitual, probablemente debido a la crisis y a las dificultades económicas de muchas familias. Según el III Estudio global sobre la morosidad en comunidades de propietarios en España, la morosidad en Navarra habría alcanzado en 2013  los 21 millones de euros -habría subido un 2,20% respecto al año anterior-.
Lo más habitual es que cuando las personas acuden a la Asociación ya han pasado varias mensualidades en las que se ha producido el impago y la cantidad adeudada puede llegar a miles de euros.

Propuestas para vecinos en desempleo

A veces se trata de los gastos ordinarios de la comunidad para sufragar servicios como la limpieza, la luz del portal o la calefacción del edificio. En este sentido, algunas comunidades están proponiendo que vecinos que se encuentran en situación de desempleo y no pueden pagar las cuotas lleven a cabo labores de limpieza o mantenimiento en lugar de la cuota económica. En cualquier caso, el importe de las mensualidades ordinarias de la comunidad varía notablemente en función de la comunidad (si hay varios ascensores, o instalaciones comunes como jardines o piscina, o servicio de portería suelen ser más elevadas) y pueden variar desde veinte a más de cien euros mensuales.

La comunidad tiene que afrontar los pagos

En otras ocasiones, las deudas de los vecinos morosos se refieren a obras de rehabilitación, o a nuevas infraestructuras aprobadas en la junta de vecinos, como por ejemplo, la instalación del ascensor.
En estos casos, la comunidad se suele ver obligada a cubrir el impago del vecino moroso ya que hay que pagar a la empresa constructora que está llevando a cabo los trabajos de reforma, para evitar que la obra quede paralizada, o que la empresa exija responsabilidades a la comunidad.
Aunque siempre es más recomendable llegar a un acuerdo amistoso con el vecino moroso, lo cierto es que en muchas ocasiones la única opción que tienen los vecinos es reclamar judicialmente el pago de las cuotas.
Fondo de reserva para la conservación del edificio
En todo caso, habría que indicar con relación  a las  obras de conservación,  que la ley obliga a las comunidades de vecinos a crear un fondo de reserva de al menos el 5% del presupuesto de la comunidad para la conservación o reparación del edificio.

Falta de información sobre las cuentas de la comunidad

Otro tema repetido en las consultas de comunidad de propietarios es el relacionado con la administración de las cuentas de la comunidad. Numerosas personas han acudido preocupadas porque consideran que el administrador no informa con claridad sobre las cuentas de la comunidad, por el estado de los pagos en obras de rehabilitación o por la forma de decidir la empresa ejecutora de un proyecto, por ejemplo. El administrador debe encargarse de las reparaciones urgentes pero los proyectos deben ser aprobados por la comunidad y siempre debe rendir cuentas ante la junta.

Elementos en fachada y ruidos

Otra cuestión que ha supuesto un buen número de consultas ha sido la instalación por parte de algunos vecinos de elementos propios en la fachada del edificio, tales como tendederos o cerramientos. En principio, estas actuaciones deben contar con la aprobación de la junta de propietarios.
También se dan conflictos de convivencia entre los vecinos, que se quejan de que otros pasean al perro por el jardín comunitario cuando la junta ha prohibido este uso o, por ejemplo, porque algún propietario genera ruidos molestos. En estos casos, la solución no es sencilla. En principio, los vecinos no pueden realizar actividades “prohibidas en los estatutos”, “molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. El presidente puede requerir, a iniciativa de otros propietarios, a la cesación de una actividad. Si el infractor persiste, se podrá solicitar por vía judicial.

Junto a ello, se han planteado dudas sobre las mayorías necesarias para tomar decisiones y afrontar obras así como la obligación y funciones que corresponden cuando se es nombrado presidente de la comunidad.