La Asociación de Consumidores de Navarra Irache recibió el año pasado 4.800 consultas por problemas entre vecinos, que según una última encuesta afectan, al menos, a un 8% de los que han comprado vivienda en los últimos diez años. En su mayor parte, se buscaba asesoramiento acerca de impagos de las cuotas por parte de algunas viviendas y de problemas con las cuentas de la comunidad.
En los últimos años han aumentado las consultas por vecinos morosos
En los últimos años se han producido un progresivo aumento de las personas que han acudido a la Asociación porque no sabían qué hacer frente a vecinos de la comunidad que no estaban pagando las cuotas que les correspondían. Una queja que antes era puntual, ahora se está convirtiendo en algo más habitual, probablemente debido a la crisis y a las dificultades económicas de muchas familias.
En ocasiones estas deudas pueden alcanzar los miles de euros ya que, cuando acuden los vecinos a explicar el problema, pueden llevar ya meses o incluso años en los que el vecino no ha pagado lo que le corresponde como propietario.
Algunos vecinos no pueden pagar los gastos corrientes de la comunidad, como limpieza, calefacción, luz
A veces se trata de los gastos ordinarios de la comunidad para sufragar servicios como la limpieza, la luz del portal o la calefacción del edificio. Así, ha habido casos en los que vecinos que no podían pagar debido a su situación económica se han ofrecido para realizar trabajos de limpieza o mantenimiento.
Impagos de obras que ya han empezado
En otras ocasiones, las deudas se refieren a obras de rehabilitación, mejoras del edificio o a nuevas infraestructuras aprobadas en la junta de vecinos, como por ejemplo, la instalación del ascensor. En estos casos, la comunidad se puede ver obligada a cubrir el impago del vecino moroso ya que, si los representantes de la comunidad han firmado el contrato de los trabajos y no se paga lo convenido, se corre el riesgo de que el trabajo se paralice, además de posibles responsabilidades que pueda exigir la empresa contratada.
Distinguir entre obras de conservación y de mejora
En todo caso, habría que distinguir entre las obras necesarias para la conservación del inmueble, que todos los vecinos están obligados a costear, de las que no son exigibles. En estos últimos casos, y cuando la cuota exceda de tres mensualidades ordinarias, el vecino que muestre su oposición, no estará obligado a pagar.
Como obras de conservación, son muy frecuentes los casos en que los vecinos de los últimos pisos tienen que requerir formalmente a la comunidad el arreglo del tejado porque sufren goteras en su vivienda. En cualquier caso, la ley obliga a las comunidades de vecinos a crear un fondo de reserva de al menos el 5% del presupuesto de la comunidad para la conservación o reparación del edificio.
Aunque siempre es más recomendable llegar a un acuerdo amistoso, lo cierto es que en muchas ocasiones la única opción que tienen los vecinos es reclamar judicialmente el pago de las cuotas. Para ello, la comunidad debe requerir de forma fehaciente el pago. Posteriormente la Junta debe aprobar la liquidación de la deuda, notificar el acuerdo al afectado y, si no paga en tres días, presentar un escrito en el que se documente la deuda y la notificación al deudor. Presentada esta documentación, se iniciará el proceso judicial.
Falta de información sobre las cuentas de la comunidad
Otro tema repetido en las consultas de vecindad, además de los propietarios que no pagan, es el de cuestiones relacionadas con la administración de las cuentas de la comunidad. Numerosas personas han acudido preocupadas porque consideran que el administrador no informa con claridad sobre las cuentas de la comunidad o por el estado de los pagos en obras de rehabilitación o instalación de ascensor, por ejemplo.
Además, tras conocerse la detención del máximo responsable de una administradora de fincas, varios vecinos cuyas comunidades trabajaban con esta empresa acudieron a Irache, inquietos ante el estado de las cuentas y las consecuencias por posibles impagos a proveedores de luz, gas y empresas que estaban ejecutando obras en el edificio.
Elementos en fachada y ruidos
Otra cuestión que ha supuesto un buen número de consultas ha sido la instalación por parte de algunos vecinos de elementos propios en la fachada del edificio, tales como tendederos o vallados. En principio, estas actuaciones deben contar con la aprobación de la junta de propietarios.
En menor medida, se ha recibido a personas que se quejaban de los ruidos que generaba algún vecino. Es un ejemplo habitual el caso del vecino que pone la música a volumen muy alto en horas en las que coincide con la siesta o el descanso del vecino molestado. Este tema puede ser muy molesto, pero las soluciones legales no son fáciles porque, al ser una molestia esporádica, es difícil que sea detectada por la Policía Municipal y por tanto que se imponga alguna sanción.
Junto a ello, se han planteado dudas sobre las mayorías necesarias para tomar decisiones y afrontar obras así como la obligación y funciones que corresponden cuando se es nombrado presidente de la comunidad.